Artículo 402 .- Si al declararse la ilegitimidad, la mujer está embarazada, se tomarán las precauciones que este código señala en materia de sucesiones para cuando la viuda quede encinta.
Artículo 402
TÍTULO CUARTO Del Matrimonio · CAPÍTULO XI De la Legitimidad Matrimonial
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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