Artículo 41 .- El ser humano es titular patrimonial en los aspectos económico, moral y social.
Artículo 41
TÍTULO PRIMERO De las Personas Físicas · CAPÍTULO IV Del Patrimonio
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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