Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 428

TÍTULO QUINTO Del Parentesco y de los Alimentos · CAPÍTULO I Del Parentesco

Artículo 428 .- La línea de parentesco es recta o transversal; la recta se compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras; la transversal se compone de la serie de grados entre personas que, sin descender unas de otras, proceden de un progenitor o tronco común.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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