Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 1710

TITULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPITULO I De los contratos

Artículo 1710. Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.

Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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