Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2104

TITULO PRIMERO De los contratos preparatorios. La promesa

Artículo 2104. Habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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