Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2154

TITULO SEGUNDO De la compra-venta · CAPITULO VI De las obligaciones del comprador

Artículo 2154. Si la concesión del plazo fué posterior al contrato, el comprador estará obligado a prestar los intereses, salvo convenio en contrario.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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