Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2159

TITULO SEGUNDO De la compra-venta · CAPITULO VII De algunas modalidades del contrato de compra-venta

Artículo 2159. Puede estipularse que el vendedor goce del derecho de preferencia por el tanto, para el caso de que el comprador quisiera vender la cosa que fué objeto del contrato de compraventa.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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