Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2433

TITULO NOVENO Del mandato · CAPITULO III De las obligaciones del mandante con relación al mandatario

Artículo 2433. El mandatario podrá retener en prenda las cosas que son objeto del mandato hasta que el mandante haga la indemnización y reembolso de que tratan los artículos anteriores.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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