Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2434

TITULO NOVENO Del mandato · CAPITULO III De las obligaciones del mandante con relación al mandatario

Artículo 2434. Si muchas personas hubiesen nombrado a un solo mandatario para algún negocio común, le quedan obligadas solidariamente para todos los efectos del mandato.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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