Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2472

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO II De la prestación de servicios profesionales

Artículo 2472. Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en cosa inmueble cuyo valor sea de más de cien pesos, se otorgará el contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada, y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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