Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2563

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO III De la administración de la sociedad

Artículo 2563. El nombramiento de los socios administradores, no priva a los demás socios del derecho de examinar el estado de los negocios sociales, y de exigir a este fin la presentación de libros, documentos y papeles, con el objeto de que puedan hacerse las reclamaciones que estimen convenientes. No es válida la renuncia del derecho consignado en este artículo.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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