Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2567

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO III De la administración de la sociedad

Artículo 2567. Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administración, sin declaración de que deberán proceder de acuerdo, podrá cada uno de ellos practicar separadamente los actos administrativos que crea oportunos.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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