Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán
Artículo 2688
TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO VI De la fianza legal o judicial
Artículo 2688. El contrato de prenda debe constar por escrito. Si se otorga en documento privado, se formarán dos ejemplares uno para cada contratante.
No surtirá efecto la prenda contra tercero si no consta la certeza de la fecha por el registro, escritura pública o de alguna otra manera fehaciente.
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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