ARTICULO 1004.- EJERCICIO DE LAS PRETENSIONES POR EL PROPIETARIO O INQUILINO DE UN PREDIO. El propietario o el inquilino de un predio tiene derecho de ejercer las pretensiones que procedan para impedir que, por el mal uso de la propiedad del vecino, se perjudiquen la seguridad, el sosiego o la salud de los que habitan el predio.
Artículo 1004
TITULO CUARTO · CAPITULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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