Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 1206

TITULO SEXTO · CAPITULO VI

ARTICULO 1206.- CARGA DE LA PRUEBA DE LA SERVIDUMBRE. Al que pretenda tener derecho a una servidumbre, toca la carga de probar, aunque esté en posesión de ella, el título en virtud del cual la goza.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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