Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 1266

TITULO PRIMERO · CAPITULO I

ARTICULO 1266.- TESTAMENTO COMO FUENTE DE OBLIGACIONES. El testamento es fuente de obligaciones cuando se instituyen legados de dar o de hacer. La institución de legados de dar bienes determinados individualmente, obliga a aquel que haya sido gravado con el legado, a la entrega del bien al legatario y a la conservación y custodia del mismo en los términos establecidos para las obligaciones de dar en el presente Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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