Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 1537

TITULO CUARTO · CAPITULO IV

ARTICULO 1537.- EFECTOS DE LA RESCISION DEL CONTRATO POR EVICCION. En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la rescisión del contrato, está obligado a devolver el bien libre de los gravámenes que le haya impuesto.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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