Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 1561

TITULO CUARTO · CAPITULO VI

ARTICULO 1561.- HIPOTESIS DE INSOLVENCIA DEL DEUDOR. Hay insolvencia cuando la suma de los bienes y créditos del deudor, estimados en su justo precio, no iguala el importe de sus deudas. La mala fe, en este caso, consiste en el conocimiento de ese déficit.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.