ARTICULO 1676.- OFERTA PARA LA CELEBRACION DE CONTRATO A PERSONA AUSENTE SIN FIJACION DE PLAZO. Cuando la oferta se haga sin fijación de plazo a una persona no presente, el autor de la oferta quedará ligado durante tres días, además del tiempo necesario para la ida y vuelta regular del correo público, o del que se juzgue bastante no habiéndolo según las distancias y la facilidad o dificultad de las comunicaciones.
Artículo 1676
TITULO QUINTO · CAPITULO VI
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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