ARTICULO 2094.- OBLIGACION DEL ALQUILADOR DE DECLARAR LOS DEFECTOS DEL MEDIO DE TRANSPORTE. El alquilador debe declarar los defectos del medio de transporte, y es responsable de los daños y perjuicios que resulten de la falta de esta declaración.
Artículo 2094
TITULO DECIMO · CAPITULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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