Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2142

TITULO DECIMO · CAPITULO II

ARTICULO 2142.- COMPROMISOS DE LA SOCIEDAD EN EXCESO DE FACULTADES DEL ADMINISTRADOR. Los compromisos contraídos por los socios administradores en nombre de la sociedad, excediéndose de sus facultades, si no son ratificados por ésta, sólo obligan a la sociedad en razón del beneficio recibido.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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