Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2215

TITULO DECIMO · CAPITULO I

ARTICULO 2215.- NATURALEZA DE LA FIANZA LEGAL DE LA JUDICIAL. Fianza legal es aquella que debe otorgarse por disposición de la Ley, y, judicial, la que se otorga en cumplimiento de una providencia dictada al respecto por el Juez.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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