ARTICULO 2218.- NULIDAD DE LA FIANZA POR ILICITUD DE LA OBLIGACION PRINCIPAL. La ilicitud en el objeto, motivo o fin de la obligación principal, originará la nulidad de la fianza.
Artículo 2218
TITULO DECIMO · CAPITULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.