Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2345

TITULO DECIMO · CAPITULO III

ARTICULO 2345.- EXTENSION DE LA PRENDA. El derecho que da la prenda al acreedor se extiende sobre los siguientes bienes: I.- A todas las accesiones de la cosa; II.- A los frutos de la misma, si existe pacto expreso en tal sentido; y III.- A todas las mejoras hechas por el propietario.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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