Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 1703

TITULO TERCERO DE LA PERMUTA

Artículo 1703 .- Con excepción de lo relativo al precio, son aplicables a este contrato las reglas de la compraventa, en cuanto no se opongan a los artículos anteriores.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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