Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 1925

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1925 .- El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en los tres párrafos del artículo siguiente. Cualquiera otro mandato tendrá el carácter de especial.

(F. DE E., P.O. 25 DE NOVIEMBRE DE 1981)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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