Artículo 2328 .- El descubrimiento de nuevos títulos o documentos es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.
Artículo 2328
TITULO DECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPITULO IV DE LA EXTINCIÓN DE LAS HIPOTECAS
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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