Artículo 2469 .- Si la institución fuere condicional, se necesitará además, que el heredero sea capaz al tiempo en que se cumpla la condición.
Artículo 2469
TITULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPITULO III DE LA CAPACIDAD DE HEREDAR
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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