Art. 1129.- Si el predio dominante pertenece a varios dueños proindiviso, el uso que haga uno de ellos aprovecha a los demás para impedir la prescripción.
Artículo 1129
TITULO SEXTO DE LAS SERVIDUMBRES · CAPITULO IX DE LA EXTINCION DE LAS SERVIDUMBRES
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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