Código Civil para el Estado de Nuevo León · Nuevo León

Artículo 2574

TITULO DECIMO

Art. 2574.- Los asociados solo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.

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