Art. 2575.- Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluídos, perderán todo derecho al haber social. (REFORMADO, P.O. 25 DE ENERO DE 2023)
Artículo 2575
TITULO DECIMO
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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