Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2083

TITULO QUINTO Extinción de las obligaciones · CAPITULO II De la confusión de derechos

Artículo 2083.- La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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