Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2172

TITULO SEGUNDO De la compraventa 229 · CAPITULO VI De las obligaciones del comprador

Artículo 2172.- Si la concesión del plazo fue posterior al contrato, el comprador estará obligado a prestar los intereses, salvo convenio en contrario. 234

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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