Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2492

TITULO DECIMO · CAPITULO II De la prestación de servicios profesionales

Artículo 2492.- Si varias personas encomendaren un negocio, todas ellas serán solidariamente responsables de los honorarios del profesor y de los anticipos que hubiere hecho. 269

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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