Artículo 2584.- No quedan comprendidas en este título las sociedades cooperativas, ni las mutualistas, que se regirán por las respectivas leyes especiales.
Artículo 2584
TITULO UNDECIMO De las asociaciones y de las sociedades · CAPITULO I Disposiciones generales 277
Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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