Artículo 2723.- El que fía al fiador, en el caso de insolvencia de éste, es responsable para con los otros fiadores, en los mismos términos en que lo sería el fiador fiado.
Artículo 2723
TITULO DUODECIMO De los contratos aleatorios · CAPITULO IV De los efectos de la fianza entre los cofiadores
Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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