Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 87

TITULO CUARTO Registro Civil · CAPITULO IV De las actas de adopción

Artículo 87.- El acta de adopción contendrá los nombres, edad, domicilio y estado civil y nacionalidad del o de los adoptantes, nombre y nacionalidad de los abuelos y nombre del adoptado, el nombre y demás generales de las personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para obtener la adopción y los datos esenciales de la resolución judicial y del Tribunal que la haya dictado. 18

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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