Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1393

CAPITULO DUODECIMO

Artículo 1393.- Usucapión es un medio de adquirir un derecho real mediante la posesión que exige la ley.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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