Artículo 1422 . - Es lícito lo no contrario a la ley; ilícito lo que es contrario a ella. 107
Artículo 1422
CAPITULO PRIMERO HECHOS JURIDICOS
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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