Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1449

CAPITULO CUARTO

Artículo 1449.- Para que el contrato exista se requiere:

I.- Consentimiento;

II.- Objeto que pueda ser materia de las obligaciones creadas por el contrato;

III.- Solemnidad cuando la ley la exija.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.