Artículo 1450.- Para que el contrato sea valido se requiere:
I.- Capacidad de los contratantes;
II.- Que el consentimiento esté libre de vicios;
III.- Que su fin o su motivo sean lícitos;
IV.- Que sea licito el objeto de las obligaciones creadas por el contrato;
V.- Que el consentimiento se haya manifestado en la forma que la ley establece.