Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1503

CAPITULO CUARTO

Artículo 1503.- Es inexistente el contrato cuando por las palabras en que esté expresado, no pueda saberse cuál fue la intención o voluntad de los contratantes sobre el objeto principal de la obligación.

Sección Novena

Disposiciones Generales

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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