Artículo 1546.- La obligación es condicional cuando su nacimiento, exigibilidad o resolución dependen de un acontecimiento futuro y contingente.
Artículo 1546
CAPITULO SEPTIMO CONDICION Y PLAZO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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