Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1781

CAPITULO DUODECIMO OBLIGACIONES DE HACER O DE NO HACER

Artículo 1781.- Si un animal muere dentro de los cinco días siguientes a su adquisición, es responsable el enajenante si por juicio de peritos se prueba que la enfermedad existía antes de la enajenación.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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