Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1923

CAPITULO DUODECIMO OBLIGACIONES DE HACER O DE NO HACER

Artículo 1923.- La ilicitud en el objeto, en el fin o en el motivo del acto, produce la nulidad absoluta de éste, salvo que la ley establezca que dicha nulidad sea relativa.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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