Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2879

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2879.- El contrato de anticresis crea en favor del acreedor un derecho real, llamado también anticresis, que confiere a su titular las siguientes facultades:

I.- De retener el inmueble hasta que la deuda sea pagada íntegramente;

II.- De transferir a otro, bajo su responsabilidad, el usufructo y administración del bien, si no hubiere estipulación en contrario; y

III.- De defender sus derechos con las acciones posesorias.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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