Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2958

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2958.- La cancelación consiste en la anotación del Registrador, al margen de la inscripción respectiva, de quedar extinguida la hipoteca con todos sus efectos.

CAPITULO VIGESIMO CUARTO

GRADUACION DE ACREEDORES

Sección Primera

Disposiciones generales

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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