Artículo 3020.- Herencia es la sucesión en los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen por la muerte.
Artículo 3020
CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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