Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 3179

CAPITULO SEPTIMO

Artículo 3179.- Es válido el legado, si el testador, después de otorgado el testamento, adquiere el bien que al otorgarlo no era suyo.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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