Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 751

CAPITULO UNDECIMO

Artículo 751.- Durante la tutela no corre prescripción entre el tutor y el sujeto a ella.

Sección Novena

Cuentas de la tutela

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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